LA LOTERIA LA NUEVE MILLONARIA LTDA
EN LIQUIDACION
Se complace en invitarlo al MARTILLO que se realizará con los bienes de propiedad de la Entidad.
LUGAR: CENTRO DE CONVENCIONES
GONZALO JIMENEZ DE QUESADA
Ubicado en Calle 26 A No. 13 A – 10
FECHA Y HORA: MAYO 16 08:30 a.m.
DIARIOS Y FECHAS DE PUBLICACIÓN:
EL TIEMPO, DOMINGO 04 DE MAYO DE 2008
BIENES
Lote No. 31 PISO 24 DEL EDIFICIO FONADE
CON 4 PARQUEADEROS
Área privada 501 m2.
Valor 580.000.000
Lote No. 32 PISO 23 DEL EDIFICIO FONADE
CON 4 PARQUEADEROS
Área privada 501 m2.
Valor 580.000.000
Bogota, Abril 4 de 2008.
Señores
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Medidas Especiales
ACREEDORES
La Ciudad.
Referencia: Venta Camioneta
En mi condición de apoderado de FIDUPREVISORA S.A. para la liquidación de la Lotería La Nueve Millonaria de la Nueva Colombia Ltda., y dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2211 de 2004, se informa sobre todos y cada uno de los pasos que se surtieron para la venta del vehículo abajo descrito por un valor inferior al recocido por acto administrativo así:
...
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http://www.nuevemillonaria.com/Documentos/ventacamioneta.doc
LA LOTERIA LA NUEVE MILLONARIA LTDA
EN LIQUIDACION
Se complace en invitarlo al MARTILLO que se realizará con los bienes de propiedad de la Entidad.
LUGAR: CENTRO DE CONVENCIONES
GONZALO JIMENEZ DE QUESADA
Ubicado en Calle 26 A No. 13 A – 10
FECHA Y HORA: ABRIL 18 08:30 a.m.
DIARIOS Y FECHAS DE PUBLICACIÓN:
EL TIEMPO, DOMINGO 06 DE ABRIL DE 2008
BIENES
Lote No. 31 PISO 24 DEL EDIFICIO FONADE
CON 4 PARQUEADEROS
Área privada 501 m2.
Valor 650.000.000
Lote No. 32 PISO 23 DEL EDIFICIO FONADE
CON 4 PARQUEADEROS
Área privada 501 m2.
Valor 650.000.000
RESOLUCION No. 06 de enero 23 de2008.
Por medio de la cual se acepta el inventario físico parcial valorado de activos de la liquidación.
El Apoderado General de FIDUPREVISORA S.A. en su condición de liquidadora de LALOTERIA LA NUEVE MILLONARIA DE LA NUEVA COLOMBIA LTDA. EN LIQUIDACION en uso de Las facultades legales y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31 y siguientes del decreto 2211 de 2004 y
CONSIDERANDO
Primero. Que mediante resolución No. 01468 de septiembre 4 de 2007, la
uperintendencia Nacional de Salud ordenó la liquidación forzosa administrativa de la
LOTERIA LA NUEVE MILLONARIA DE LA NUEVA COLOMBIA LTDA, para lo cual se designó
a FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. identificada con el NIT 860.525.148-5,como agente
liquidador de dicha entidad.
Segundo. Que mediante escritura pública No. 2134 de septiembre 11 de 2007, de la notaría 29
del círculo de Bogotá, el Dr. NELSON RODOLFO AMAYA CORREA, en su calidad de presidente
y representante legal de FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. otorgó poder general amplio y suficiente al DR. CESAR AUGUSTO ROMERO MOLINA, identificado con cédula de ciudadanía No.91.229.693 de Bucaramanga, para que en su nombre y representación ejecute los actos y contratos necesarios para desarrollar y llevar hasta su culminación el proceso liquidatorio de la LOTERIA LA NUEVE MILLONARIA DE LA NUEVA COLOMBIA LTDA., en liquidación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto - Ley 663de 1993, Ley 510 de 1999 y Decreto 2211 de 2004.
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RESOLUCION No. 39 de Diciembre 18 de 2007
Por la cual se determina, califica y gradúan las acreencias oportunamente presentadas con cargo y excluidas de la masa liquidatoria de la LOTERIA LA NUEVE MILLONARIA DE LA NUEVA COLOMBIA EN LIQUIDACION
El Apoderado General de Fiduciaria LA PREVISORA S.A. en su condición de liquidadora de la LOTERIA LA NUEVE MILLONARIA DE LA NUEVA COLOMBIA LTDA. EN LIQUIDACIÓN
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las establecidas en el Decreto 663 de 1993, la Ley 510 de 1999, el Decreto 2211 de 2004, la Ley 643 de 2001, Decreto 2975 de 2004 y demás normas concordantes.
CONSIDERANDO
CAPITULO PRIMERO: ANTECEDENTES DE LA SUPRESÍON Y LIQUIDACION DE LA LOTERIA LA
NUEVE MILLONARIA DE LA NUEVA COLOMBIA EN LIQUIDACIÓN.
1.1. Que mediante Decreto 766 de 1964 se crearon loterías para cada una de las entonces
denominadas intendencias y comisarías, y se estableció que funcionarían conjuntamente y bajo el nombre de 'Loterías de los Territorios Nacionales'.
1.2. Que por medio de resolución No. 18724 del 18 de diciembre de 1987, expedida por el entonces
Ministerio de Salud, se aprobó el Acuerdo No. 001 del 23 de julio de mismo año, emanado de la Junta Directiva de la Lotería, por el cual se adoptaron sus estatutos; y que éstos fueron reformados por el Acuerdo No. 007 del 24 de agosto de 1989, aprobado a su vez, por el Decreto 2028 de 1989.
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http://www.nuevemillonaria.com/Documentos/res39dic182007.doc